Capítulo I: Horarios de Ruido Moderado
Se permite el ruido normal de la vida diaria, así como música a volumen moderado, dentro de los siguientes horarios:
- Lunes a Jueves: de 9:00 a.m. a 10:00 p.m.
- Viernes y Sábado: de 9:00 a.m. a 1:00 a.m. (del día siguiente).
- Domingo: de 10:00 a.m. a 10:00 p.m.
Capítulo II: Horarios de Silencio
Fuera de los horarios establecidos, se debe mantener un nivel de ruido bajo que no perturbe el descanso de los vecinos. Esto incluye moderar el volumen de televisores, conversaciones y evitar portazos o gritos.
- El ruido de trabajos de construcción o remodelación solo está permitido de Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. y Sábados de 10:00 a.m. a 2:00 p.m.
Capítulo III: Eventos y Reuniones
- Si planea realizar un evento que pueda generar ruido, es un acto de cortesía y buena vecindad notificar a sus vecinos más cercanos con anticipación.
- El residente anfitrión es el único responsable de que sus invitados cumplan con el reglamento y mantengan un comportamiento respetuoso.
- La música deberá mantenerse a un volumen que no sea audible desde el interior de las casas vecinas después de los horarios establecidos.
Capítulo IV: Proceso de Reporte
- Paso 1 (Diálogo): Si el ruido de un vecino le molesta, el primer paso recomendado es acercarse y solicitar amablemente que se reduzca el volumen.
- Paso 2 (Mediación): Si el diálogo no funciona, puede reportar la situación a la Mesa Directiva para que actúe como mediadora.
- Paso 3 (Autoridad): En casos extremos o de reincidencia, y como último recurso, se podrá reportar a las autoridades municipales correspondientes.